El pasado 6 de febrero el Ministerio de Trabajo de la Nación, a través del Dictamen Nº 379/09  producido por su Asesoría Legal y Técnica, se ha expedido en cuanto al conflicto planteado en la provincia de Buenos Aires relacionado al supuesto pago de la categoría “mortero” y la representatividad gremial.
Luego de que el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, a través de su Resolución 1509, fijara los honorarios de los farmacéuticos en relación de dependencia incluyendo el denominado “mortero” y esto ocasionara confusión entre los trabajadores y los empleadores produciendo conflictos, las entidades de farmacia procedimos a realizar actuaciones que permitieran resolver el conflicto gremial planteado.
A consecuencia de las presentaciones realizadas, el Ministerio de Trabajo emitió un Dictamen que señala que dicha Resolución del Ministerio de Salud de la Provincia  de Buenos Aires, no afecta los salarios pactados dentro del marco de las C.C.T Nº 414/05 y Nº 452/06 ya que “no consta en los mismos la categoría `mortero´, que es quien se desempeña como profesional farmacéutico independiente que no trabaja en relación de dependencia”.
Asimismo, el Ministerio de Trabajo de la Nación se ha expedido para señalar que “quien posee la capacidad  negocial es la ´organización sindical con personería gremial´”,  conforme al mandato constitucional establecido en la Ley de Asociaciones Sindicales Nº 23.551.
De esta forma y a través de este Dictamen el Ministerio de Trabajo de la Nación da por archivadas las actuaciones por el término de ley.


Sin comentarios a “Dictamen 379/09 – Ministerio de Trabajo”  

  1. No hay comentarios

Deja una respuesta

Debes conectarte para enviar un comentario.


Comparte este artículo